Cuando el abuso no es el camino. Luis Miguel Etchevehere

Ya lo habíamos sugerido en estas páginas, Monsanto no tiene la patente de la soja Intacta RR2 PRO. Justamente esa fue la respuesta que obtuvo la Sociedad Rural Argentina (SRA), cuando solicitó información al respecto al Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI). Esta solicitud se hizo a raíz del conflicto en la comercialización de soja que provocó la empresa al querer cobrar un canon de forma totalmente ilegal.

"Intacta" no está patentada en nuestro país, ni podría estarlo, por cuanto en la República Argentina no es posible otorgar patentes de invención respecto a una semilla. El INPI confirmó esto el 19 de junio pasado en respuesta a la solicitud de información 141.277 enviada por la SRA.

Aun sabiendo esto, la empresa quiere imponer a los productores argentinos un canon por una supuesta patente por la soja "Intacta RR2Pro". El esquema pretende que los exportadores y acopios controlen la existencia de dicha semilla en cada camión que reciban con soja. Lo que busca la empresa es que sean ellos quienes retengan el valor del canon, si a raíz de detectar la existencia de Intacta, el productor no pudiera acreditar el pago efectuado.

Resulta inaceptable que Monsanto, abusando de una posición dominante, y con la complicidad o tolerancia de otros eslabones de la cadena de valor, pretenda imponer a toda la producción un sistema de comercialización que está reñido con la legislación argentina.

Por supuesto que Monsanto tiene derecho a proteger los avances tecnológicos que la empresa genera. Los productores argentinos buscamos la excelencia y el mejor rendimiento de los cultivos y sabemos que la biotecnología es una aliada fundamental en este desafío. Las empresas que invierten e investigan en el mejoramiento genético de los cultivos necesitan una retribución justa por sus avances tecnológicos, cuyo pago debe estar contenido en el precio de la semilla y debe efectuarse una sola vez, al momento de la compra.

Esa protección de estos avances, en consonancia con distintos tratados internacionales, está prevista en la ley de Semillas 20.247. Esta norma reconoce el derecho del productor a reservar semilla para ser reutilizada en su propio campo, pero prohibiéndose la comercialización de las semillas, práctica conocida como "la bolsa blanca".

La existencia de deficiencias en los controles en el comercio de estos productos no puede bajo ningún aspecto llevar a una empresa a instrumentar un sistema paralelo de control privado y totalmente ajeno al marco de la ley vigente. Las fallas en los controles deben solucionarse reforzando al organismo correspondiente para que cuente con la información y los recursos necesarios para detectar las irregularidades en la comercialización de semillas. Aquel que infrinja las normas, debe recibir la sanción que impone la ley.

Los productores argentinos queremos pagar por la utilización de nuevas tecnologías y, en los últimos años, participamos muchas veces de debates que tuvieron como protagonistas a todos los actores de la cadena de valor productiva para acercar posiciones y hasta propuestas de actualización del marco legal vigente.

Sabemos que para llegar a las metas productivas que puede alcanzar el campo necesitamos de toda la tecnología disponible y de los avances genéticos que nos permitirán aumentar la producción de granos en 50% para 2020. Si no se reconoce el esfuerzo de las empresas semilleras en los avances biotecnológicos, los productores argentinos podemos ver limitada la oferta de semillas y la tecnología a disposición.

Estamos dispuestos a colaborar para encontrar las soluciones a las fallas en materia de control, como también estamos a disposición para participar de debates que busquen mejorar la legislación vigente. Eso sí, el camino que hay que recorrer no puede admitir abusos de ningún tipo.

El autor es presidente de la SRA