El pasado 17 de junio, el Instituto Nacional de Semillas (INASE)
resolvió que aquellos productores de soja que facturen más de $1.8
millones anuales deberán declarar las semillas usadas y la existencia de
reservas.
Mediante la Resolución 187/2015, INASE estableció una nueva obligación para los productores de soja. Esta medida revalida la normativa vigente desde 2007.
La disposición determina que aquellos usuarios de semilla de soja contemplados en el Registro de Usuarios de Semilla de Soja y Trigo, cuando superen el monto de facturación anual de tres veces el monto de la categoría más alta de monotributo, deberán completar dos Declaraciones Juradas: una con información sobre la semilla utilizada y otra con información sobre la semilla reservada.
La categoría más alta de monotributo en la actualidad es la “L” con un límite de facturación anual de $600.000. Por lo tanto, aquellos que superen la facturación anual de $1.800.000 deberán completar las Declaraciones Juradas, independientemente de si se encuentran en el Régimen Simplificado o no.
La medida establece que los productores deberán dejar asentada la ubicación del predio, la superficie sembrada, los kilogramos de semilla utilizada y sus variedades, junto con la correspondiente documentación de respaldo.
De esta manera, el INASE procura "mejorar la capacidad de control a fin de poder diferenciar la semilla de uso propio de la semilla proveniente del mercado ilegal".
La disposición determina que aquellos usuarios de semilla de soja contemplados en el Registro de Usuarios de Semilla de Soja y Trigo, cuando superen el monto de facturación anual de tres veces el monto de la categoría más alta de monotributo, deberán completar dos Declaraciones Juradas: una con información sobre la semilla utilizada y otra con información sobre la semilla reservada.
La categoría más alta de monotributo en la actualidad es la “L” con un límite de facturación anual de $600.000. Por lo tanto, aquellos que superen la facturación anual de $1.800.000 deberán completar las Declaraciones Juradas, independientemente de si se encuentran en el Régimen Simplificado o no.
Calendario de vencimientos
A partir de la campaña 2015/16, antes del 31 de enero los productores afectados deberán completar la Declaración Jurada sobre semilla utilizada presentando la documentación que avale su origen. Además, antes del 30 de junio siguiente deberán completar la Declaración Jurada con información de la semilla reservada para uso propio.La medida establece que los productores deberán dejar asentada la ubicación del predio, la superficie sembrada, los kilogramos de semilla utilizada y sus variedades, junto con la correspondiente documentación de respaldo.
La rotulación de la semilla de "uso propio"
Cumplida la presentación de las Declaraciones Juradas, el INASE entregará al productor el Certificado de Semilla de Soja de Uso Propio, para rotular los envases de semillas.De esta manera, el INASE procura "mejorar la capacidad de control a fin de poder diferenciar la semilla de uso propio de la semilla proveniente del mercado ilegal".