Aumenta 23% el canon para poder aplicar riego en Córdoba



Lo dispuso la Administración Provincial de Recursos Hídricos. Los usuarios de aguas subterráneas de la zona 1 pasarán a abonar un pago anual, por perforación, de 17.900 pesos.

La Administración Provincial de Recursos Hídricos (Aprhi) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 2 en la que fija los nuevos cánones que deberán pagar, durante 2018, los usuarios de agua para riego.
En el caso de los productores agropecuarios, el documento determina los valores que deberán abonar tanto los establecimientos agrícolas con equipos de riego complementario como los ganaderos que extraen agua para sus animales. 
Los valores, según constató Agrovoz al compararlos con la misma resolución pero del año pasado, implican un incremento interanual del 23 por ciento, en línea con la inflación. 
Agrícolas
El grueso de los productores que cultivan granos bajo riego en Córdoba está nucleado en el Consorcio de Usuarios de Aguas Subterráneas Zona 1, que es la que abarca a toda la región de llanura (desde las sierras hacia el este).
Con medición. Cada perforación deberá abonar 2,34 pesos cada 100 metros cúbicos (m3), que excedan los 600.000 m3, con un mínimo de 17.900,19 pesos. En 2017, el mínimo era de 14.553 pesos y, el excedente, de 1,90 pesos.
Sin medición. De acuerdo a la cantidad de hectáreas bajo riego, hasta 200 hectáreas se abonarán 56.490,21 pesos; hasta 400, 72.181,93; y más de 400, 94.150,35. Hace un año, los valores fueron 45.927, 58.684,50 y 76.545 pesos, respectivamente.
En diálogo con Agrovoz, el responsable técnico administrativo del Consorcio, Sebastián Bettiol, señaló que entre 80 y 90 por ciento de los productores que riegan cultivos en la zona 1 tienen medidores, por lo cual la mayoría pagará el mínimo de casi 18.000 pesos. 
A esto hay que agregar el canon que los productores deben pagarle al propio consorcio, que se elevó 16,6 por ciento, de 3.000 a 3.500 pesos, informó Bettiol. 
Hoy en día, hay unos 250 productores cordobeses en la Zona 1 que utilizan riego en 377 establecimientos agrícolas. La mayoría tiene un mínimo de entre dos y tres, y un máximo de hasta 10 u 11 perforaciones por las que deben cancelar este pago anual.
Traslasierra
Para los regantes que trabajan las tierras en la Zona 2, que abarca a Traslasierra, fundamentalmente a los departamentos San Alberto y San Javier, el mínimo se establece en 13.259 pesos, cuando el año pasado era de 10.780 pesos. 
El excedente se establece en 1,59 pesos cada 100 m3 que excedan los 600.000 m3; en 2016, era 1,29 pesos.
Sin medición, el canon se estipula en 26.518, unos cinco mil pesos más que los 21.560,17 establecidos en enero de 2017. 
Fechas
El Canon debe facturarse en dos cuotas semestrales:
Primera cuota. Vence el 15 de marzo y corresponde al monto mínimo a cuenta del canon 2018, en aquellos casos en los que corresponda aplicarlo.
Segunda cuota. Vence el 10 de agosto. En los casos “con medición”, corresponde al excedente que surja de aplicar la fórmula tomando en cuenta la medición presentada, descontado el monto mínimo.
El plazo para presentar las mediciones vence el 30 de junio. “En caso de no presentar medición o plan de adecuación aprobado por el Área de Explotación del Recurso, se facturará en concepto de segunda cuota de 2017, el esquema indicado para los casos ‘sin Medición’”, indica la Resolución.
Ganaderos
Para el agua de uso pecuario, se imponen los siguientes valores:
Fuente superficial. Un mínimo de 1.060,77 pesos (862,41 en 2017) hasta 2.000 m3 consumidos. En caso de mayor volumen, por el excedente se abonará la suma de 53,05 pesos (43,13) por cada 100 m3 de consumo adicional.
En el Sistema Quilino, se pagará 5,30 pesos (4,31) por hora de agua entregada. 
En los Sistemas de Pisco Huasi, Juárez Celman, General Paz, Los Tártaros, Macha y Luyaba, se abonará por represa y por año de acuerdo a la siguiente escala de valores: Represas de hasta 1.000 m3, 172,4 pesos (86,24); de 1.001 a 1.500 m3, 344,96 pesos (172,48); al excedente de 1.500 m3 se le adicionará 1,29 pesos por metro cúbico de capacidad de represa que exceda.
Fuente Subterránea. En caso que se suministre bebida a partir de agua subterránea, se deberá abonar un valor mínimo equivalente a cinco hectáreas de riego permanente capital hasta 3.000 m3 de consumo (2.650,65 pesos). Por el excedente, se abonará el valor de una hectárea (530,13 pesos), cada 1.000 m3.