¿Cómo financiarme a través de Obligaciones Negociables? MARIA JIMENA RIGGIO

Si una empresa necesita financiamiento para inversión productiva, capital de trabajo o reestructurar pasivos, puede obtener esos fondos a través del mercado de capitales mediante la emisión de Obligaciones Negociables (ON). Existen diferentes tipos de emisiones según las circunstancias y necesidades de cada empresa.

¿Qué son las ON?

Son instrumentos de renta fija, ya que tienen un cronograma de pagos predefinido, mediante los cuales una empresa emite deuda privada. Los mismos incorporan un derecho de crédito para su titular respecto de la empresa emisora.

El inversor que adquiere estos títulos se constituye como obligacionista o acreedor de la empresa con derecho a que le restituyan en las fechas fijadas el capital más los intereses convenidos, pudiendo también venderlos en el mercado secundario.

¿Quiénes pueden emitirlas?

-    S.A.
-    S.R.L.
-    Cooperativas
-    Asociaciones Civiles constituidas en el país
-    Sucursales de las sociedades por acciones constituidas en el extranjero.
-    Entidades del Estado bajo reglamentación del Poder Ejecutivo.

¿Cómo pueden emitirse?

La emisión se puede realizar en forma individual o a través de un Programa Global dentro del cual se emitirán varias series. En cada emisión pueden existir diversas clases con diversos derechos: dentro de cada clase se otorgarán los mismos derechos.
Podrán ser Simples o Convertibles en acciones de la emisora.

Podrán salir al mercado no garantizadas o con garantía flotante, especial o común, las que deben inscribirse, cuando corresponda según su tipo, en los registros pertinentes. Pueden ser igualmente avaladas o garantizadas por cualquier otro medio como por entidades financieras, o sociedades de garantía recíproca o fondos de garantía.

¿Cómo lo formaliza la sociedad?

-    En las S.A., S.R.L. y Cooperativas, la emisión de ON no requiere autorización de los estatutos y puede decidirse por asamblea ordinaria. Para ON convertibles en acciones compete a la asamblea extraordinaria, salvo en las sociedades autorizadas a la oferta pública de sus acciones, que pueden decidirla en todos los casos por asamblea ordinaria.
-    En las asociaciones civiles, requiere expresa autorización de los estatutos y debe resolverla la asamblea.

La empresa puede delegar en el órgano de administración:
a) ON Simples: la determinación de todas o algunas de sus condiciones de emisión dentro del monto autorizado, incluyendo época, precio, forma y condiciones de pago;
b) ON Convertibles: la fijación de la época de la emisión; precio de colocación; forma y condiciones de pago; tasa de interés y valor de conversión, indicando las pautas y límites al efecto.

¿Cómo se hace pública la voluntad de emitir?

La empresa deberá elaborar un aviso que publicará en Boletín Oficial por un día, dejando constancia ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), y se inscribirá en el Registro Público con datos sobre: fecha de las asambleas y reunión del órgano de administración, en las que se decidió la emisión y sus condiciones; datos de la empresa y de su inscripción como tal; objeto social y la actividad principal desarrollada a la época de la emisión; capital social y el patrimonio neto; monto de la emisión y su la moneda; emisiones anteriores, en caso de existir; condiciones de amortización; entre otros.

Los inversores, por su parte, podrán manifestar sus voluntades a través de la Asamblea de Obligacionistas

¿Qué pasos forman la emisión propiamente dicha?

Para poder emitir en el mercado de capitales es necesario obtener la autorización de oferta pública de la CNV y la autorización de listado algún Mercado para que los inversores puedan negociar estos valores.

Ante CNV, la empresa deberá acreditar toda la información que la normativa exija según su Texto Ordenado.

Como principales participantes de este proceso encontramos al Organizador de la Emisión, al Colocador de la ON y Agente de Calificación en caso de corresponder, quienes cada uno en su tarea específica acompañarán a la empresa para cumplimentar los requisitos de emisión.

¿Cuáles son los Instrumentos de Emisión?

Con el asesoramiento del organizador se genera el llamado Suplemento de Prospecto, documento que plasma el procedimiento y las características mediante el cual las empresas van a financiarse, en este caso mediante ON. Este documento se pone a disposición de los potenciales inversores ya que ofrece información de la empresa, sus orígenes y proyecciones, y un detalle sobre la emisión en particular. Debe contener todas las características de la ON, como la forma de pago de amortización y renta, moneda de emisión, régimen impositivo y calificaciones de riesgo, etc.

Podrá estar directamente relacionado, y deberán leerse conjuntamente, a  un Programa Global, el que se plasma en un documento diferente que contiene la determinación de un monto global total de emisión por parte de la empresa y el cual podrá fraccionarse en varias etapas para emitir, lo que se conocen como series.

¿Las Pymes tienen facilidades para financiarse con ON?

Las PyMES podrán acceder a este tipo de instrumento de financiamiento por hasta un monto de $100.000.000, bajo un régimen diferenciado, con menores exigencias en materia de información que el resto de las empresas que desean emitir.

Asimismo, las Pymes que cuenten con una fianza o aval emitido por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) podrán acceder a la ON Pyme CNV Garantizada, con un trámite 100% electrónico, a través de la página web de la CNV, sin necesidad de presentar documentación en papel al Organismo de Control, siendo toda la relación de la Pyme es a través de la SGR.​