La ley de presupuestos mínimos de
protección ambiental de los bosques nativos (N° 26.331) se sancionó en
noviembre de 2007 con amplio apoyo de la ciudadanía. Muchos de los que
la promovimos nos imaginábamos que con esta herramienta legislativa los
más de 50 millones de hectáreas de bosques nativos, declaradas por la
sumatoria de las provincias argentinas en sus leyes de ordenamiento
territorial, se gestionarían ajustadas a derecho.
Para ello, en las áreas de la categoría
II (amarillas), donde no se puede convertir el bosque a otra actividad,
pero sí aprovechar sustentablemente los recursos, se definirían a través
de inventarios forestales y relevamientos de biodiversidad las mejores
pautas para mantener y aumentar la capacidad productiva de los bosques
nativos, asegurando el abastecimiento de materias primas para la
industria y de servicios ambientales para la sociedad. A su vez, en las
áreas de categoría I (rojas), donde no están permitidas las actividades
extractivas, existirían recursos económicos para promover acciones de
conservación, investigación y turísticas de mínimo impacto que
beneficien a las comunidades locales.
Todo esto hubiera sido posible si el
Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques
Nativos se hubiera creado efectivamente. Éste tendría que haberse
compuesto, desde 2009, principalmente por las partidas presupuestarias
que deberían ser asignadas y no ser inferiores al 0,3% del presupuesto
nacional y el 2% del total de las retenciones a las exportaciones de
productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, la
ganadería y el sector forestal correspondientes al año anterior del
ejercicio en consideración.
Sin embargo, de los 14.750 millones de
pesos que debieron destinarse a los bosques nativos desde 2009, sólo
1239 millones han sido asignados al cumplimiento de la ley. Esto implica
que, aproximadamente, sólo cinco pesos por hectárea por año ha sido la
inversión del Estado nacional para el cumplimiento de las obligaciones
para con los bosques nativos y las provincias que tienen la
responsabilidad de gestionarlos. Esta cifra no supera el 8,5% de lo
estipulado por la ley. Claramente, el Poder Ejecutivo ha faltado al
cumplimiento de las normas aprobadas por el Poder Legislativo.
La Jefatura de Gabinete tiene la
responsabilidad de incluir la partida presupuestaria para el
cumplimiento de la ley 26.331 y los legisladores tienen el deber cívico y
ciudadano (para los que fueron honrados con el voto popular) de velar
para que esto ocurra o corregirlo en caso de que así no sea. De lo
contrario, ¡las comunidades rurales y aborígenes y los propietarios de
los bosques nativos que ven afectados sus derechos de propiedad podrán y
deberán demandárselo!
Fuente: Diario La Nación - Opinión - Autor: Manuel Jaramillo - Director de Conservación de la Fundación Vida Silvestre.