Rechaza el Ministerio de Agroindustria un proyecto de ley del jefe de bloque de Cambiemos en Diputados - PROYECTO COMPLETO
Nicolás Massot, del PRO, propuso expropiar tierras al INTA Marcos Juárez con argumentos contra la agricultura; un funcionario del ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, lo criticó.
El Ministerio de Agroindustria criticó un proyecto del jefe de bloque de Cambiemos en Diputados, Nicolás Massot, que considera a la agricultura como "una práctica altamente contaminante" y que al usar agroquímicos puede afectar, en opinión del legislador, "en forma negativa la salud humana".
Massot, que entró en diciembre pasado como diputado por Córdoba, presentó un proyecto que propone sacarle 152 hectáreas a la estación experimental del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) en Marcos Juárez, referente dentro del organismo, para transferirlas a la Municipalidad de esa ciudad. El diputado argumenta en su proyecto que esas hectáreas del INTA han quedado dentro del éjido municipal, cuando amplió su superficie, y que al haber una ordenanza municipal que prohíbe el uso de plaguicidas dentro de la planta urbana esa práctica no se puede hacer. Por lo tanto, pide pasar esas hectáreas a la Municipalidad para "atender problemáticas sociales y/o cualquier otro proyecto destinado a satisfacer el bien común de los residentes en el Municipio de Marcos Juárez".
Según Massot, "las tareas de producción agropecuaria -como la plantación de soja- desarrolladas por el INTA, deberían estar restringidas, ya que las mismas implican la utilización de agroquímicos. La agricultura es una práctica altamente contaminante, por lo que genera desequilibrios indeseados en el medio ambiente". Además, según el diputado, "los agroquímicos son biocidas destinados a combatir plagas, es decir a destruir organismos vivientes. Ergo, cualquier sustancia química destinada a combatir seres vivientes, lógicamente impactará afectando en forma negativa la salud humana, como así también el medio ambiente".
Ante este proyecto, Néstor Roulet, secretario de Agregado de Valor del Ministerio de Agroindustria, indicó que esa cartera no está de acuerdo con ese proyecto impulsado por el jefe de bloque de Cambiemos en la Cámara baja.
"No estamos de acuerdo porque no es real lo que está diciendo; no compartimos esa definición que tiene él" (sobre los agroquímicos), señaló Roulet. En la dependencia de este funcionario se encuentra el área de gestión ambiental de Agroindustria.
Roulet también criticó que se le quieran sacar tierras al INTA bajo los argumentos que esgrimió Massot. "Si hay alguien que maneja bien los herbicidas es el INTA. Con buenas prácticas agrícolas, como las que estamos concientizando, no puede haber los problemas que él plantea. El 90% de las estaciones del INTA están cerca de alguna localidad".
Fuente: Diario La Nación.
Este es el texto original del proyecto:
El Senado y Cámara de Diputados,...ARTÍCULO
1°: Desaféctanse de su jurisdicción de origen y transfiérase a título
gratuito a favor de la municipalidad de Marcos Juárez, departamento de
Marcos Juárez, provincia de Córdoba, el dominio de los siguientes
inmuebles:
a) Lote A3, con superficie de ciento trece hectáreas, doscientos noventa y ocho metros cuadrados (113 has 298 m2);
b) Lote B3, con superficie de treinta y tres hectáreas, cuatro mil novecientos treinta y un metros cuadrados (33 has 4931 m2)
c) Lote A2, con superficie seis hectáreas, quinientos dieciocho metros cuadrados (6 has 518 m2)
Todos ellos pertenecientes al Estado Nacional, inscriptos en el Dominio N° 26646, Folio N°33322, Tomo N° 134, Año 1962 del Registro General de la Provincia de Córdoba.
ARTICULO 2°: Las transferencias que se disponen en el artículo precedente, se efectúan con el objeto que la beneficiaria destine los inmuebles descriptos en los incisos a); b) y c) del artículo 1, a proyectos que tengan por finalidad atender problemáticas sociales y/o cualquier otro proyecto destinado a satisfacer el bien común de los residentes en el Municipio de Marcos Juárez.
ARTICULO 3°.- Para el caso que la beneficiaria no destinase los inmuebles descriptos en los incisos a); b) y c) del artículo 1 conforme lo descripto en el objeto de la presente ley, se procederá la retrocesión de dominio de la transferencia de pleno derecho.
ARTICULO 4°.- La municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, queda obligada a la realización de los trámites relativos al plano de mensura y subdivisión de los lotes A3, B3 y A2, a los fines de materializar lo estipulado en el artículo 1 de la presente.
ARTICULO 5°.- La totalidad de los gastos que demande la realización del plano de mensura y subdivisión de la presente transferencia, serán de exclusivo cargo de la municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 6°: El Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los noventa días (90) de sancionada la presente ley, procederá a realizar los trámites necesarios para el otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio, la que contendrá expresamente la condición establecida en el artículo 2 de la presente, a efectos de su inscripción registral.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este es el texto original del proyecto:
H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes del proyecto.
Nº de Expediente
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3787-D-2016 |
---|---|
Trámite Parlamentario
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075 (16/06/2016) |
Sumario
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TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL - "INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA INTA" -. A LA MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ, DEPARTAMENTO DE MARCOS JUAREZ, PROVINCIA DE CORDOBA. |
Firmantes
|
MASSOT, NICOLAS MARIA. |
Giro a Comisiones
|
LEGISLACION GENERAL; PRESUPUESTO Y HACIENDA. |
a) Lote A3, con superficie de ciento trece hectáreas, doscientos noventa y ocho metros cuadrados (113 has 298 m2);
b) Lote B3, con superficie de treinta y tres hectáreas, cuatro mil novecientos treinta y un metros cuadrados (33 has 4931 m2)
c) Lote A2, con superficie seis hectáreas, quinientos dieciocho metros cuadrados (6 has 518 m2)
Todos ellos pertenecientes al Estado Nacional, inscriptos en el Dominio N° 26646, Folio N°33322, Tomo N° 134, Año 1962 del Registro General de la Provincia de Córdoba.
ARTICULO 2°: Las transferencias que se disponen en el artículo precedente, se efectúan con el objeto que la beneficiaria destine los inmuebles descriptos en los incisos a); b) y c) del artículo 1, a proyectos que tengan por finalidad atender problemáticas sociales y/o cualquier otro proyecto destinado a satisfacer el bien común de los residentes en el Municipio de Marcos Juárez.
ARTICULO 3°.- Para el caso que la beneficiaria no destinase los inmuebles descriptos en los incisos a); b) y c) del artículo 1 conforme lo descripto en el objeto de la presente ley, se procederá la retrocesión de dominio de la transferencia de pleno derecho.
ARTICULO 4°.- La municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, queda obligada a la realización de los trámites relativos al plano de mensura y subdivisión de los lotes A3, B3 y A2, a los fines de materializar lo estipulado en el artículo 1 de la presente.
ARTICULO 5°.- La totalidad de los gastos que demande la realización del plano de mensura y subdivisión de la presente transferencia, serán de exclusivo cargo de la municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 6°: El Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los noventa días (90) de sancionada la presente ley, procederá a realizar los trámites necesarios para el otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio, la que contendrá expresamente la condición establecida en el artículo 2 de la presente, a efectos de su inscripción registral.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-
La siguiente propuesta tiene por objeto transferir a
título gratuito, a favor de la municipalidad de Marcos Juárez,
departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, el dominio de los
inmuebles detallados precedentemente, de propiedad del Estado Nacional.
Mediante la Ordenanza N°2331, se aprobó la modificación
del Radio Municipal de la ciudad de Marcos Juárez. En razón de ello y
conforme surge del mapa obrante en los antecedentes del presente
proyecto, el Ejido Municipal amplió su superficie total a tres mil
quinientas diez hectáreas con ocho mil cuatrocientos cuarenta y nueve
metros cuadrados (3.510 ha 8449 m2), quedando comprendidas en el vértice
sureste 152 hectáreas pertenecientes al Estado Nacional. En las mismas,
se encuentra funcionando una dependencia del Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria (INTA). A los fines de mejor.
Toda vez que el terreno donde se ubica el INTA
actualmente, se encuentra comprendido dentro del Ejido Municipal de
Marcos Juárez, el mismo es alcanzado por las normas municipales
pertinentes. En tal sentido, las tareas de producción agropecuaria -como
la plantación de soja- desarrolladas por el INTA, deberían estar
restringidas, ya que las mismas implican la utilización de agroquímicos.
La agricultura es una práctica altamente contaminante, por lo que
genera desequilibrios indeseados en el medio ambiente.
Como consecuencia de la problemática relacionada con la
utilización de agroquímicos y plaguicidas dentro del radio municipal, y
de conformidad con el Art. 41 de la Constitución Nacional; la Ley
Nacional N°25.675/02; la Ley Provincial N°9.164 y la Carta Orgánica
Municipal de la ciudad de Marcos Juárez, se dictó la Ordenanza Municipal
N°2.446. La misma prohíbe expresamente en su artículo octavo la
aplicación de cualquier tipo de plaguicidas dentro de la planta urbana.
Como se mencionó ut supra, el INTA desarrolla actividades
de producción agropecuaria, las cuales además de no ser compatibles con
la normativa aplicable al lugar en razón del territorio, preocupa a los
vecinos lindantes con el predio en cuestión. Esto se corresponde a que
los productos químicos utilizados poseen un nivel de toxicidad
considerable.
Los agroquímicos son biocidas destinados a combatir
plagas, es decir a destruir organismos vivientes. Ergo, cualquier
sustancia química destinada a combatir seres vivientes, lógicamente
impactará afectando en forma negativa la salud humana, como así también
el medio ambiente.
En lo que respecta al medio ambiente, la aplicación de
agroquímicos también puede causar efectos secundarios indeseados. Por
ejemplo, la muerte, y en algunos casos la extinción, de especies
animales así como también la contaminación en el agua que posteriormente
se utiliza para su consumo.
Por su parte, cabe mencionar que la municipalidad de
Marcos Juárez se ubica en un punto de unión entre las localidades del
sur provincial y la vía de conexión de las principales ciudades del
interior del país. Su ubicación estratégica hace que sea una zona de
gran dinamismo económico, como así también, de flujo constante de
personas.
En tal sentido, el crecimiento poblacional impacta
directamente sobre la demanda de infraestructura urbana, vivienda,
escolaridad, asistencia social, entre otras. Ergo, la transferencia de
las tierras en cuestión tienen como finalidad destinar las mismas a
proyectos en pos de atender las demandas sociales y de este modo
satisfacer el bienestar de la comunidad.
En ese orden de ideas, se entiende que el dominio de los
inmuebles en cuestión, tienen que ser transferidos al Municipio de
Marcos Juárez a los efectos de dar cumplimiento con lo expuesto en los
párrafos precedentes.
Por lo expuesto se solicita a mis pares acompañen este proyecto.-