Máquinas aplicadoras de agroquímicos: se recordó que en Córdoba es obligatoria la oblea identificatoria

El Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia recordó que para las habilitaciones del período 2016/2017 de máquinas aplicadoras terrestres de productos fitosanitarios, reemplazará el certificado que se venía expidiendo por una oblea identificatoria.

A través de la Dirección General de Fiscalización y Control se informó que el objetivo es lograr una mayor seguridad en todo el sistema y en la actividad de los operadores de agroquímicos, contar la información necesaria con mayor celeridad al momento de los controles y de esta manera resguardar al encargado del equipo y a la población.

En noviembre del año pasado la nueva oblea identificatoria para máquinas de aplicación terrestre de productos químicos y biológicos de uso agropecuario fueron presentadas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y Alimentos de la Provincia, durante un breve acto durante el cual se hizo entrega de la primera (QY 0001) al veterano aplicador Miguel Servatto de la zona de Oncativo-Oliva. Lo hizo el entonces titular de la cartera, Julián López. Por la Cámara de Aplicadores, estuvo presente el Ing. José Cueva.

Datos de la oblea. En la oblea van a figurar los siguientes datos: la matrícula provincial, compuesta por dos (2) letras y cuatro (4) números; las letras corresponden al municipio al que pertenecen, de acuerdo a una codificación asignada por el Ministerio, y los números son correlativos según el equipo (autopropulsado, de arrastre o mochila).

También debe figurar el dominio o bastidor, según corresponda a un equipo autopropulsado o de arrastre; para las mochilas este dato no existe (se pondrá marca y capacidad). Finalmente, en la oblea debe consignarse la fecha de vencimiento, es decir la vigencia de la habilitación.

La oblea está diseñada de manera tal que al pegarse no se puede retirar sin roturas, y consta además de un laminado holográfico protector como medidas de seguridad. Deberá exhibirse en el vidrio de la cabina, en el caso de los equipos autopropulsados, y en el tanque en el caso de las máquinas de arrastre y las mochilas.

Junto con la oblea se entregará una notificación, informando al registrado su obligación, de acuerdo a la normativa vigente, de pintar o grabar la matrícula sobre la parte media de los laterales del equipo, en un lugar bien visible. El tamaño de cada letra y número no será inferior a quince (15) centímetros de alto por diez (10) de ancho y el color deberá destacarse nítidamente del fondo

Además, el titular deberá presentar en un plazo de 90 días, fotos debidamente certificadas mediante agente zonal del ministerio, juez de paz, policía o escribano, de que ha realizado el pintado o grabado.

Información. Para mayor información, comunicarse al área de Registro de Agroquímicos de la Dirección General de Fiscalización y Control, dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería: 0351-4342092, interno 126.

Fuente: Agroverdad.