La
Asociación de Productores Rurales de Marcos Juárez, informa que el 31 de enero
de 2016 los productores deberán presentar ante el Instituto Nacional de
Semillas una Declaración Jurada con información sobre ubicación del predio,
superficie sembrada, kilogramos de semilla de soja utilizada, variedades y
documentación que avale el origen legal de las mismas.
Se
realizaron gestiones a nivel nacional para lograr una prórroga que en principio
no será concedida por eso sugerimos a los socios cumplimentar la información
requerida para evitar sanciones. Una vez cumplidos tales requisitos, “el Inase
entregará al productor el certificado de semilla de soja de uso propio”, indica
la resolución 187/15. “El productor agropecuario procederá a rotular los
envases de la semilla de soja de uso propio, para lo cual podrá usar copia del
certificado emitido por el Inase”, añade.
La
resolución 80/07 indicaba que los datos informados por los productores eran “de
carácter confidencial y de uso reservado del Inase”. Pero la nueva normativa
indica ahora que la información proporcionada por los productores “podrá ser
complementada con otros registros existentes o a crearse a efectos de facilitar
el control y la fiscalización de la comercialización y uso de semilla”.
Recordamos
que el artículo 27 de la Ley de Semillas (20.247/73) prevé que el productor que
reserva su propia semilla para sembrarla no requiere de autorización del
propietario de la variedad. Es decir: el productor, luego de haber comprado
semilla, puede seguir multiplicándola en su campo sin requerir autorización del
obtentor. Pero la resolución 35/96 establece que la excepción del agricultor
–el “uso propio”– se configura siempre y cuando la semilla original haya sido
adquirida legalmente.